Aclaración sobre la liquidación de intereses de mora para los aportes a pensión pendientes de abril y mayo de 2020

El pasado 29 de mayo de 2024, el Ministerio de Salud y Protección Social, a través del comunicado No. 202431401245321 anunció que la liquidación de los intereses de mora para los aportes a pensión pendientes de abril y mayo de 2020 comenzará el 1 de junio de 2024.  

Según el Decreto 376 de 2021, estos intereses se calcularán desde esa fecha hasta el día del pago efectivo. Aquellos que necesiten liquidar sus aportes faltantes y paguen después del 1 de junio de 2024 deberán abonar el monto correspondiente según su condición (empresa, empleado o trabajador independiente), sumando el interés moratorio desde el 1 de junio de 2024 hasta la fecha del pago. 

Esto quiere decir que, si durante los meses de abril y mayo de 2020 se realizaron aportes por el 3% a pensión y el pago del 13% faltante se efectúa el 15 de junio de 2024, la liquidación incluirá el valor del aporte pendiente más los intereses generados desde el 1 hasta el 15 de junio de 2024.  

¿Cómo hacer el pago?

Si el empleado continúa trabajando en la misma empresa con la que estaba vinculado, cuando se realizaron los aportes en los meses de abril y mayo de 2020:  

La empresa deberá acordar el descuento de nómina correspondiente a la parte del empleado y, junto con su parte, realizar el pago total del 13% faltante a pensión. 

Si el empleado ya no se encuentra trabajando con la misma empresa que realizó los aportes en los meses de abril y mayo de 2020:

Debe consultar el historial de aportes a seguridad social ingresando a miseguridadsocial.gov.co, registrarse y solicitar su historial. 

En este historial, debe identificar el número de planillas de los meses de abril y mayo de 2020, donde el aporte a pensión fue del 3% del salario de ese momento, junto con el número de NIT, el nombre de la empresa y el Operador de Información por el cual se realizó el pago. 

Por último, debe contactar al Operador de Información a través del cual se hizo el pago inicial del 3% y solicitar una planilla tipo N para realizar el pago del aporte faltante correspondiente al trabajador. Si la empresa realizó los aportes a través de Simple y el salario del trabajador era inferior a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, podrá solicitar la corrección a través de nuestras líneas de atención para la liquidación de su planilla como independiente y posteriormente realizar el pago. 

Si se trata de una empresa: 

Deben realizar la liquidación a través de una planilla tipo N con el mismo Operador de Información a través del cual realizó los pagos de aportes a pensión por el 3% de los períodos de abril y mayo de 2020. Finalmente, realizar el aporte del 13% completo para los empleados que aún están vinculados con la empresa y, para los que ya no están vinculados, realizar el aporte de la parte correspondiente al empleador según las instrucciones del Decreto 376 de 2021. 

En Simple hemos puesto a disposición un videotutorial para aquellas empresas o trabajadores independientes que requieran realizar el pago de estos aportes a través de nuestro portal transaccional, al cual podrá acceder ingresando al siguiente enlace: https://youtu.be/k3d62ErAtzg

Si se trata de un trabajador independiente: 

El trabajador debe realizar una planilla tipo N en el mismo Operador de Información a través del cual realizó los pagos de aportes por el 3% de los períodos de abril y mayo de 2020 por el 13% faltante a pensión. Si en este caso la liquidación de estos aportes en el año 2020 fue inferior a dos salarios mínimos legales vigentes, el trabajador podrá solicitar asistencia para realizar la corrección. 

 Si en esas fechas se hizo el aporte completo del 16%, no se debe realizar ningún ajuste. 

Aclaración de intereses de aportes faltantes a pensión abril y mayo 2020

Importancia de la Medida 

Estas nuevas medidas buscan garantizar la inclusión de las semanas de los meses de abril y mayo de 2020 en el historial laboral para pensión de los ciudadanos. Es importante realizar el aporte completo para que estas semanas se sumen a las semanas cotizadas en este subsistema. 

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