Recuerda que el pago presencial y en efectivo está autorizado para contratistas e independientes con un ingreso base de cotización menor a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como para empresas hasta con 2 empleados.
Si tu lugar de trabajo se encuentra en municipios de categoría 5 o 6, podrás realizar el pago presencial con menos de 4 salarios mínimos legales vigentes, de acuerdo al decreto 948 de 2018.
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