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Afiliación colectiva para independientes. ¿Qué es y cómo funciona?

La afiliación colectiva es un mecanismo voluntario que permite a los trabajadores independientes hacer aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones, riesgos laborales y caja de compensación) a través de un intermediario, como una asociación, agremiación o congregación religiosa. Este intermediario realiza la gestión grupal ante las entidades administradoras de los subsistemas de seguridad social, siempre y cuando esté autorizado por el Ministerio de Salud y Protección Social. 

¿Cuáles son las entidades autorizadas?

El Ministerio de Salud y Protección Social es el encargado de validar y autorizar estas solicitudes. Una vez obtenida la autorización, la entidad podrá gestionar la afiliación colectiva de sus trabajadores independientes. Consulta las entidades autorizadas aquí: 

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/OAS/listado-autorizadas-para-afiliacion-colectiva.pdf 

 

Afiliación colectiva independientes

Las entidades no autorizadas que realicen esta gestión pueden ser sancionadas por la UGPP o el Ministerio de Trabajo, tal como lo advierte en Ministerio de Salud en su boletín de prensa 098, donde expone que “personas NO AUTORIZADAS por el Gobierno Nacional ofrecen servicios de intermediación para la afiliación y pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social, prometiendo a los afiliados descuentos o pagos inferiores a los correctos, que NO SON LEGALES. En estos casos los aportantes pueden ser víctimas de un engaño con posible afectación de sus derechos, además de estar incurriendo en prácticas que se apartan del orden legal vigente.» 

 

La afiliación colectiva es una opción práctica para que trabajadores independientes accedan a los beneficios de la seguridad social. Sin embargo, es fundamental que los ciudadanos que opten por estos mecanismos lo hagan a través de las entidades autorizadas y así eviten el fraude en el pago de sus cotizaciones. 

Finalmente, es obligatorio reportar las novedades de ingreso y retiro para este tipo de cotizante. El reporte de novedades como suspensión temporal del contrato de trabajo, licencia no remunerada, comisión de servicios, vacaciones, licencia remunerada, días de incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad laboral, variación de centros de trabajo, y traslados entre administradoras de pensiones es de carácter informativo. 

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