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Nuevas condiciones para el uso de la planilla N

Teniendo en cuenta la normativa vigente sobre la Planilla tipo N – Correcciones, el Ministerio de Salud y Protección Social ha expedido el comunicado No. 202431401143031 con fecha 17-05-2024, el cual incluye aclaraciones sobre su utilización. El objetivo es asegurar una gestión adecuada de las cotizaciones y aportes a la seguridad social tanto para empleadores como para trabajadores independientes. Por lo tanto, a partir del próximo 1 de agosto de 2024, ten en cuenta las siguientes consideraciones:

 

1. Cambio de tipo de cotizante:

Se permitirá en aquellos casos en los cuales el cotizante en la planilla inicial haya reportado ausencia total de pago para algún subsistema y que su afiliación se haya dado en la misma condición, bien sea como dependiente o independiente.


Planilla tipo N

2. Cambio de subtipo de cotizante:

Se permitirá en aquellos casos en los cuales el aportante en la planilla inicial haya reportado ausencia en el pago del Sistema General de Pensiones.


3. Reporte de novedades omitidas:

Se pueden reportar novedades que fueron omitidas en la planilla inicial y que correspondan al mismo periodo de liquidación, siempre y cuando la presentación de esta planilla se realice a más tardar el último día hábil del mes en que debe realizar el pago. En estos casos, solo se permitirán aquellas novedades cuya liquidación contenga valores iguales o mayores a los reportados en el pago inicial.

4. Ajuste de exoneración de pago:

En casos de ajuste en la exoneración de pago a salud y parafiscales, solo se puede permitir si en la planilla inicial se reportó en “S” este campo y se requiera corregir a reporte en “N”.

5. Modificación de días cotizados:

Si requiere modificar los días cotizados al Sistema, en la liquidación de corrección se debe reportar el mismo número de días para todos los subsistemas a los cuales está obligado a aportar de acuerdo con el tipo de cotizante que esté reportando.

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