Son los aportes que se realizan a Caja de Compensación Familiar, Sena e ICBF por parte de las empresas.
El porcentaje es el 9% de la nómina. Correspondiente al 4% para CCF, 3% al ICBF y 2% al SENA.
Algunas entidades públicas además de pagar CCF, SENA e ICBF, deben aportar a ESAP y Ministerio de Educación. El porcentaje sigue siendo el mismo 9% sólo que se distribuye de una forma diferente.
El empleador es el responsable de asumir los aportes y realizar el pago de seguridad social en parafiscales.
El empleador es el encargado de seleccionar la Caja de Compensación Familiar. Que debe ser una por región y debe tener cobertura en el sitio de ubicación laboral del empleado.
Inicialmente el empleador y posteriormente los empleados y su grupo familiar.
Si el trabajador es soltero su grupo familiar son sus padres y si es casado, su pareja y sus hijos. Ellos pueden ser afiliados a la Caja de Compensación Familiar.
Los empleados que se afilian a una Caja de Compensación Familiar tienen derecho a disfrutar de todos los programas de turismo, capacitación, recreación, subsidio monetario y de vivienda.
Cuando el trabajador estuvo vinculado durante tres (3) años a una Caja de Compensación Familiar y se queda sin empleo, ésta asume el pago de salud y pensión por seis (6) meses al trabajador desempleado.
El trabajador debe recibir una remuneración que no sobrepase los cuatro (4) smmlv. Laborar mínimo 96 horas al mes. Tener personas a cargo.
Si es posible siempre que los padres se encuentren afiliados a una Caja de Compensación Familiar, con sus aportes al día, y que la sumatoria de sus ingresos no superen los seis (6) smmlv.
Para el año 2019 el valor del subsidio familiar asciende a $33.400. Este valor se paga por cada uno de los beneficiarios que acrediten los requisitos respectivos.
Si, de acuerdo a las siguientes condiciones: Subsidio para beneficiarios de trabajdores de empresas del sector agropecuario $38.410; subsidio familiar para beneficiarios con discapacidad $66.800 y subsidio para beneficiarios de trabajadores del sector agropecuario con discapacidad $76.820
El trabajador cuenta con tres (3) años para retirar el subsidio. De lo contrario se aplicará la prescripción.
Teniendo en cuenta que esta cuota se genera a fin de mes es posible retirar el dinero en las Cajas de las Entidades de Subsidio Familiar, en los supermercados o realizar compras pagando con la tarjeta.
Las Cajas de Compensación Familiar si tienen la posibilidad de otorgar créditos a sus afiliados con el respectivo descuento por nómina. Previo cumplimiento de requisitos.
Si el empleado tiene más de un contrato laboral es posible que esté afiliado a dos Cajas de Compensación Familiar. Lo importante es que la Caja tenga cobertura en el sitio de ubicación laboral del empleado.
Ningún estudiante está obligado a afiliarse a una Caja de Compensación Familiar en su condición de estudiante. Existe una figura para los estudiantes de prácticas y pasantías en judicatura del sector público mediante la cual las Cajas de Compensación son las responsables de afiliar y pagar aportes con sus recursos de este tipo de cotizantes.
Las Cajas de Compensación Familiar son vigiladas por la Superintendencia Nacional del Subsidio Familiar.
De acuerdo a la ley 21 de 1982 en su artículo 17 se debe aportar en parafiscales sobre el devengado por el trabajador.